Muchas empresas instalan cámaras de vigilancia por motivos de seguridad, pues bien, dado que la imagen e una persona es un dato personal, la instalación y utilización de estas cámaras debe cumplir la normativa de protección de datos
¿Qué requisitos debe cumplir?
UBICACIÓN DE LA CÁMARA
- Vía pública: Las cámaras no pueden captar imágenes de espacios públicos, salvo que ello sea inevitable. Por tanto:
- Asegúrese de que sus cámaras no enfocan directamente a la vía pública, y que no captan imágenes de su empresa. Si ello no es posible, procure que capten sólo la parte imprescindible de la vía publica (ejemplo:si la cámara está en la puerta de entrada, oriéntela de forma que la vía pública que recoja se limite al acceso vigilado, sin captar imágenes del resto de la acera o de la calle).
- En este sentido, no es aconsejable que instale cámaras exteriores tipo «domo», ya que tienen movimiento giratorio de 360 grados.
- Intimidad: La colocación de las cámaras debe respetar el principio de proporcionalidad y el derecho a la intimidad. Por tanto:
- No las coloque de forma que capten imágenes de zonas privadas (como en los vestuarios de sus trabajadores o en áreas de descanso).
- Colóquelas sólo donde razonablemente puedan cumplir con su finalidad de seguridad (por ejemplo en el acceso a sus instalaciones).
- Información: Asimismo, es necesario que informe de la colocación de las cámaras con un cartel informativo situado en un lugar visible antes de acceder a las zonas videovigiladas. Dicho cartel debe informar, como mínimo, de la identidad de su empresa y de la dirección donde los interesados pueden ejercer sus derechos en materia de protección de datos.
OTROS REQUISITOS
- Ademas de las cuestiones indicadas, existen otros requisitos más «administrativos» pero que también debe cumplir:
- Registro. Dado que la videovigilancia es un tipo de tratamiento de datos personales, debe hacerlo constar en el Registro de actividades de tratamiento.
- Seguridad. La nueva normativa de protección de datos no indica qué concretas medidas de seguridad hay que implantar (debe instalarse las que sean «adecuadas» según la complejidad del sistema). Como regla general, limite el acceso a las imágenes al personal autorizado, establezca contraseñas de acceso y guarde en armario bajo llave las imágenes grabadas (si su empresa las conserva).
- Grabación. Sobre esta última cuestión, sepa que dichas imágenes grabadas sólo pueden conservarse, salvo algunas excepciones, por un plazo máximo de un mes.
Fuente: Indicator – Lefebvre el Derecho.