Los padres y las madres que recibieron prestaciones por maternidad y paternidad desde el 2014 y se vieron obligad@s a incluirlo en sus declaraciones de IRPF, ¡PUEDEN RECLAMAR SU DEVOLUCIÓN!

Cuando una trabajadora tiene un hijo, puede solicitar de la Seguridad Social la prestación por maternidad de 16 semanas, prestación que, según Hacienda, tributa en el IRPF. Esta opinión ya ha sido discutida por algunos tribunales; y ahora el Tribunal Supremo ha reconocido que las prestaciones de maternidad no deben tributar por dicho impuesto. El hecho de que la ley diga que las prestaciones autonómicas y locales están exentas no puede llevar a concluir que la estatal no lo está.

Por tanto, si entre 2014 y 2017 (ejercicios que todavía no han prescrito) tributó en su IRPF por la prestación de maternidad, puede reclamar su rectificación y solicitar la devolución de la cuota de IRPF pagada en exceso.

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