Cuando un vehículo de empresa es utilizado simultáneamente para fines empresariales y para fines privados, ¿que parte debe imputarse como retribución en especie?
Cuando un vehículo de empresa se utiliza a la vez para fines empresariales y para fines particulares del empleado, la retribución en especie imputable al trabajador se calcula sólo respecto a la parte proporcional de uso privado. Pero, a la hora de calcular esa proporción, Hacienda siempre «barre para casa».
- Considera que el reparto debe hacerse según la «disponibilidad para fines particulares» (sin considerar, por tanto, el uso efectivo o el kilometraje real).
- Además, deben tenerse en cuanta las funciones desarrolladas por el empleado. Si dichas funciones no requieren la utilización del vehículo de forma habitual, Hacienda considera que la retribución en especie es del 100% del importe imputable.
* Aplicando este criterio de reparto al mejor de los casos -comerciales con vehículo de empresa-, el uso empresarial será de apenas el 20% de las 8.760 horas que tiene el año (365×24) sólo 1.780 (la jornada anual) serán de uso empresarial. ¡La disponibilidad para uso privado se produce, incluso, en las horas de sueño!
Como consecuencia de lo anterior, esta forma de cálculo beneficie a Hacienda, ya que el trabajador declarará en su IRPF un mayor porcentaje de retribución en especie y la Administración recuperará una mayor parte de IVA.
*Recuerde que en estos casos el IVA soportado inicialmente es deducible al 100%, pero que después la empresa debe ir repercutiendo sobre el trabajador el impuesto correspondiente a la pare que se considere retribución en especie.
Aun así, puede discutir este criterio, dado que aunque la opción más conservadora es aplicar el criterio de Hacienda, sepa que existente argumentos para defender que la retribución en especie debe valorarse según la efectiva utilización del vehículo (privada o empresarial), y no en función de la disponibilidad. Los propios tribunales han aceptado esta tesis, por lo que es totalmente razonable un reparto al 50%, por ejemplo.
Defienda que la retribución en especie debe valorarse según la efectiva utilización del vehículo para uno u otro fin, y no según la disponibilidad.
Fuente: Indicator